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Regulaciones a la contaminación en motos

Regulaciones a la contaminación en motos

Esta norma prevé el fin de las motos 2T 0km en 2026 para uso en vía pública.

Regulaciones a la contaminación en motos

por Matías Nadaf de la redacción de mecanicadelamoto.com

Las normas internacionales de emisión en vehículos tienen como fin regular la presencia de gases contaminantes que se expulsan al medio ambiente. Las motos, al tener motor de combustión interna, aplican a estas normativas.

Debemos comenzar señalando que del resultado del proceso de combustión del motor se obtienen diversos gases y productos, entre ellos los más importantes son el CO ( monóxido de carbono ), el CO2 ( dióxido de carbono ), el O2 ( Oxígeno ) , Hidrocarburos no quemados ( HC ), Nitrógeno , Agua y bajo ciertas condiciones NOx ( óxidos de Nitrógeno), allí es donde las normas entran en rigor, controlando cuánta cantidad elimina la moto por cada kilómetro recorrido.

En Sudamérica

En Brasil el protocolo Proconve nació en 1986, de la mano del drástico aumento de vehículos motorizados en los grandes centros urbanos del país, como una medida adoptada por el Consejo Nacional de Medioambiente. Desde entonces, ha limitado la emisión de gases contaminantes a través de la actualización del protocolo desde 1990 a la actualidad.

Actualmente se encuentra plenamente vigente desde 2016 la norma Euro IV, que también obliga a la utilización de frenos CBS/ABS y a partir del primer día de este año sólo se pueden introducir nuevos modelos que cumplan con la norma Euro V. En ese mismo país, la norma Euro II entró en vigencia allá por 2006, y Euro III en 2009.

En Argentina, en 2023 hubo modificaciones al respecto. Las empresas productoras y comercializadoras de motos nacionales e importadas en el país deberán solicitar desde ahora la Licencia de Configuración Ambiental (LCA), al igual de lo que ya ocurre en el sector automotriz, y en tres años no podrán comercializar más modelos que no cumplan, como mínimo, con la normativa Euro 2 de emisiones, las cuales son obligatorias desde mañana para nuevos modelos.

Así lo dispuso el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de la Resolución 14/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial. De esta forma, desde ahora las empresas que quieran lanzar al mercado local un nuevo modelo de moto, sea nacional o importado, deberán tramitar la Licencia de Configuración Ambiental (LCA).

Lo qué deben hacer las empresas terminales

Además de completar un formulario y realizar el pago correspondiente, las empresas deberán adjuntar a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) los datos de ensayos de emisiones electromagnéticas (radiaciones parásitas), sonoras, de gases, de dióxido de carbono y de consumo de combustible. Estos ensayos deben cumplir con los protocolos vigentes, y ser realizados ya sea en laboratorios propios o de terceros que posean certificados de acreditación ISO 17.025. Una vez entregada –tras un plazo de entre 30 y 45 días- la licencia será valida mientras se mantengan fielmente las especificaciones de cada modelo.

La obligación de que los motos vehículos tramiten la LCA y presenten sus certificaciones de emisiones para que su producción sea liberada al tránsito público y se autorice su comercialización, fue originalmente dispuesta en octubre de 2018. Sin embargo, el trámite nunca fue habilitado en la plataforma TAD para poder completarlo y, por tanto, su aplicación fue suspendida en enero de 2019.

Contaminación y medio ambiente

Las emisiones de motocicletas en los mercados no controlados –como es el caso de Argentina- “pueden superar varias veces” las de los vehículos livianos Euro V, normativa implementada en el país para los nuevos modelos producidos desde 2015, se señala en los considerados. Por ese motivo, el Ministerio de Ambiente dispuso reforzar la certificación de emisiones, incorporando a las motos y tomando como marco el Acuerdo de París firmado por el país en 2016.

Además del beneficio ambiental, la nueva normativa –señala la resolución- resulta beneficiosa para los sectores importadores, comercializadores y fabricadores de motos, ya que la adecuación a la normativa de límites de emisiones “implicaría alinearse a parámetros internacionales, dando competitividad internacional al sector”.

Todos los nuevos modelos que se fabriquen, comercialicen o importen en el país desde mañana deberán ajustarse, como mínimo, con las normas Euro 2.

Las certificaciones de emisiones deberán cumplir con las normativas europeas que regulan los límites aceptables para las emisiones de gases de combustión interna. Las mismas (Euro 1, Euro 2, y sucesivas, siendo las normas de etiquetado Euro 6 las más recientes) establecen límites cada vez más restrictivos a las emisiones, y los vehículos que no los cumplan tienen prohibida su venta. Mirá más sobre las Normas EURO en este artículo.

En ese sentido, la normativa de hoy, además de exigir las LCA para las motos, establece un cronograma para elevar de forma progresiva la certificación Euro requerida.

Plazos de la reglamentación

Desde el 13 de enero de 2023 y por los próximos 18 meses, las empresas tendrán tiempo para declarar cuáles son sus modelos existentes pre Euro 2 en producción o importación, presentando un informe con el volumen de unidades proyectadas por modelos, y vencido un plazo de tres años, estos no podrán ser más comercializados en el país.

Progresivamente, los límites de emisiones serán endurecidos: los modelos Euro 2 podrán comercializarse hasta los próximos 54 meses (mediados de 2027) y los Euro 3 hasta los próximos 84 meses (enero de 2030), momento en el cual la normativa Euro 4 será el requisito mínimo, en donde todas las motos deben llevar inyección electrónica, el ABS será obligatorio para motos de 125 en adelante y el freno combinado para motos de 125 cc en adelante.
La norma Euro 5 también (aún sin fecha de aplicación en Argentina) limita también la emisiones acústicas.

Por su parte, las motos eléctricas que se comercialicen desde julio de 2024 deberán cumplir con nuevos límites de compatibilidad electromagnética.

Adiós a las dos tiempos 0 Km

A partir de enero de 2026 cesa definitivamente la venta de modelos de dos tiempos para el uso en vía pública (no así de competición u offroad).

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